Teoría Gubernamental
La teoría gubernamental tuvo la intención de ser un medio entre la doctrina de la expiación como la enseriaban los reformadores, y la teoría sociniana. Niega que la justicia de Dios demande necesariamente que se cumplan todos los requisitos de la ley. La ley es tan sólo el producto de la voluntad de Dios, y El la puede alterar y hasta abrogar, según quiera. Aunque en estricta justicia el pecador merece muerte eterna, esa sentencia no se ejecuta rigurosamente porque los creyentes son declarados libres. Para ellos el castigo se hace a un lado, y eso sin una satisfacción estricta. Cristo rindió en verdad una verdadera satisfacción; pero ésta fue nada más la equivalente nominal del castigo merecido por el hombre; algo que Dios quiso aceptar como tal. Si se pregunta: ¿Por qué Dios no remitió el castigo directamente, como pudiera haberlo hecho? La respuesta es que, tenía que revelar de alguna manera la naturaleza inviolable de la ley y su santo disgusto en contra del pecado, para que, el Regente moral del universo sea capaz de mantener su gobierno moral. Esta teoría, defendida primero por Grocio, fue adoptada por Wardlaw y varios teólogos de Nueva Inglaterra, y también se le defiende en recientes obras como las de Dale, A. Cave, Miley, Creighton y otros. Está expuesta a las siguientes objeciones:
1. Claramente descansa sobre ciertos principios falsos. Según ella la ley no es expresión de la naturaleza esencial de Dios, sino sólo de su voluntad arbitraria, y por tanto, está sujeta a cambio; y el propósito del llamado castigo no es satisfacer la justicia, sino nada más desanimar a los hombres de que en el futuro comentan ofensas en contra de la ley.
2. Aunque puede decirse que esto contiene un elemento verdadero, es decir, que el castigo infligido a Cristo también sirve para asegurar los intereses del gobierno divino, comete el error de sustituir el propósito principal de la expiación por uno que, a la luz de la Escritura, puede considerarse, nada más, como propósito subordinado.
3. Da una representación indigna de Dios. Originalmente amenaza al hombre para desanimarlo de la transgresión, y no ejecuta la sentencia anunciada, sino que la substituye por otra, en el castigo infligido a Cristo. Y de nuevo amenaza a los que no aceptan a Cristo. ¿Será posible tener alguna seguridad de que verdaderamente lleve a cabo su amenaza?
4. También es contraria a la Escritura que representa con toda verdad a la expiación de Cristo como la revelación necesaria de la justicia de Dios, como una ejecución del castigo de la ley, como un sacrificio por medio del cual Dios está reconciliado con el pecador, y como la causa meritoria de la salvación de los pecadores.
5. Como las teorías de la influencia moral y del ejemplo, falta también en explicar cómo se salvaron los santos del Antiguo Testamento. Si el castigo infligido a Cristo fue meramente con el propósito de desanimar a los hombres de seguir el pecado, no tuvo significado retroactivo. ¿Cómo pues se salvaron los que estuvieron bajo la antigua dispensación, y cómo se mantuvo el gobierno moral de Dios en aquellos tiempos?
6. Finalmente, también falla esta teoría en su propio principio. Una verdadera ejecución del castigo debe hacer una impresión profunda sobre el pecador, y puede actuar como un verdadero disuadente con la voluntad humana, lo que no es; pero tal impresión difícilmente se lograría mediante una mera pretendida exhibición de justicia, designada para demostrar el alto respeto que Dios tiene por la ley.