4.4.3  La Muerte del Salvador

Los sufrimientos del Salvador culminaron, finalmente, en su muerte. En relación con esto se deben acentuar los siguientes puntos.

 

1. La extensión de su muerte. Resulta natural que cuando hablamos de la muerte de Cristo tengamos en esta conexión, primero que todo, la idea de una muerte física que consiste en la separación del cuerpo y del alma. Al mismo tiempo deberemos recordar que esto no agota la idea de la muerte tal como se presenta en la Escritura. Allí se la mira con un concepto sintético del cual la muerte física se considera únicamente como una de sus manifestaciones. La muerte es la separación de Dios, pero esta separación puede verse de dos modos diferentes. El hombre se separa de Dios a causa del pecado, y la muerte es el resultado natural, de tal manera que se puede decir que el pecado es muerte. Pero no fue en este sentido en el que Jesús quedó sujeto a ella, puesto que El no tenía pecado personal. En relación con esto debe recordarse que la muerte no es únicamente la consecuencia natural del pecado, sino sobre todo es el castigo judicial impuesto y cumplido sobre el pecado. Es Dios mismo retirándose primero del hombre con las bendiciones de la vida y de la felicidad para luego en su ira volver a visitarlo. Hay que considerar la muerte de Cristo desde este punto de vista judicial. Dios impuso el castigo de la muerte sobre el Mediador, judicialmente, puesto que éste emprendió por su voluntad el pago de la pena por el pecado de la raza humana. Habiéndose apropiado Cristo la naturaleza humana, con todas sus debilidades, tal como existía después de la caída, y habiéndose hecho, de esta manera, semejante a nosotros en todas las cosas, con excepción única del pecado, se sigue que la muerte operó en El desde el mero principio y se manifestó en muchos de los sufrimientos a los cuales El se sometió. Fue un varón de dolores y experimentado en quebranto. El Catecismo de Heidelberg dice correctamente que "durante el tiempo que vivió en la tierra, pero especialmente en el final de su vida, llevó en su alma la ira de Dios en contra del pecado de toda la raza humana"168 Estos sufrimientos fueron seguidos por su muerte en la cruz. Pero, esto no fue todo; estuvo sometido no sólo a la muerte física sino también a la eterna, aunque esto lo sufrió intensiva y no extensivamente, cuando agonizó en el jardín y cuando clamó en la cruz, "Dios mío, Dios mío, ¿por qué me has desamparado?"

 

Durante un breve período de tiempo sufrió la ira infinita en contra del pecado hasta el final y salió victorioso. Esto fue posible para El únicamente a causa de su naturaleza extraordinaria. No obstante en este punto nos debemos poner en guardia contra un error. La muerte eterna en el caso de Cristo no consistió en una abrogación de la unión del Logos con la naturaleza humana, ni en que la naturaleza divina hubiera sido dejada de Dios, ni en que el Padre hubiera retirado su amor y beneplácito de la persona del Mediador. El Logos permaneció unido con la naturaleza humana aun cuando el cuerpo estaba en la tumba; la naturaleza divina no podía ser abandonada de Dios; y la persona del Mediador estaba y continuaba siendo objeto del favor divino. La muerte eterna se dejó ver en la conciencia humana del Mediador como un sentimiento de ser dejado de Dios. Esto implica que la naturaleza humana, durante un momento, perdió el consuelo consciente que debería derivar de su unión con el Logos divino y el sentido del amor divino, y se sintió dolorosamente consciente de la plenitud de la ira divina que estaba cayendo sobre El. Pero no hubo desesperación, porque aun en la más negra hora, en tanto que exclama que está abandonado, dirige su oración a Dios.

 

2. El carácter judicial de su muerte. Era del todo esencial que Cristo no muriera de muerte natural ni de muerte accidental; y que no muriera por la mano de un asesino, sino bajo sentencia judicial. Tenía que ser contado con los transgresores, tenía que ser condenado como un criminal. Además, por arreglo providencial de Dios, tenía que ser procesado y sentenciado por un juez romano. Los romanos tenían el genio de la ley y la justicia, y representaban el más alto poder judicial del mundo. Se podía esperar que un proceso delante de un juez romano serviría para probar nítidamente la inocencia de Jesús, y así sucedió, de tal manera que quedó perfectamente claro que no fue condenado porque hubiera cometido crimen alguno. Fue un testimonio al hecho de que, como lo dice el Señor: "Fue cortado de la tierra de los vivientes, y por la rebelión de mi pueblo fue herido". Y cuando, a pesar de todo, el juez romano condenó al inocente, también verdaderamente se condenó él y condenó a la justicia humana, tal como la aplicó; pero al mismo tiempo, como representante del poder judicial más alto en el mundo, que por la gracia de Dios funcionaba y dispensaba justicia en el nombre de Dios, impuso sentencia sobre Jesús. La sentencia de Pilato fue también la sentencia de Dios, aunque sobre bases enteramente diferentes. Fue también significativo que Cristo no haya sido decapitado o apedreado para morir. La crucifixión no era una forma judía de castigo, sino romana. Se consideraba tan infame e ignominiosa que no se aplicaba a los ciudadanos romanos sino solamente a la escoria de la humanidad, a los más viles criminales y a los esclavos. Muriendo de esa muerte, Jesús cumplió las demandas extremas de la ley. Al mismo tiempo, murió de muerte maldita y dio de este modo la evidencia del hecho que se había convertido en maldición por causa nuestra, Deut. 21: 23; Gál. 3: 13