4.2 Resumen Histórico

La doctrina de los estados de Cristo realmente procede del Siglo XVII, aunque se encuentran ya rastros de ella en los escritos de los reformadores, y hasta en algunos de los Padres de la Iglesia primitiva. Se desarrolló primero entre los luteranos cuando procuraron poner en armonía su doctrina de la communicatio idiomatum con la humillación de Cristo tal como se contempla en los evangelios; pero pronto fue adoptada también por los reformados. No obstante, difirieron en cuanto al sujeto verdadero de los estados. Según los luteranos es la naturaleza humana de Cristo, pero según los Reformados es la persona del Mediador. Hubo mucha diferencia de opinión sobre el asunto hasta entre los luteranos. Bajo la influencia de Scheleiermacher la idea de los estados del Mediador desapareció por grados de la teología. Debido a su tendencia panteizante las líneas de división entre el Creador y la criatura prácticamente fueron borradas. El énfasis se deslizó del Dios trascendente al Dios inmanente; y el Dios soberano cuya ley es la medida de lo justo desapareció. En efecto, la idea de lo justo objetivo fue desterrada de la teología, y bajo semejantes condiciones se hizo imposible mantener la idea de una posición judicial, es decir, de un estado tomado por el Mediador. Además, en la medida en que la humanidad de Cristo se acentuó excluyendo su deidad, y por una parte negando su preexistencia, y por la otra su resurrección, todo lo referente a su humillación y exaltación perdió su significado.

 

El resultado es que en muchas de las publicaciones actuales sobre dogmática buscamos en vano un capítulo sobre los estados de Cristo.